POLÍTICA NACIONAL DE IGUALDAD DE GÉNERO
La Política Nacional de Igualdad de Género, en adelante (PNIG) es un instrumento de planificación y articulación intersectorial, aprobado mediante Decreto Supremo N 008-2019-MIMP, la presente política tiene 06 Objetivos Prioritarios, 20 Lineamientos y 52 servicios a cargo de 21 entidades.
La política aborda las causas y los efectos de la discriminación estructural contra las mujeres, en concordancia con las obligaciones internacionales del Estado peruano en materias de derechos humanos, las políticas del Estado establecidas en el Acuerdo Nacional, el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional y la Imagen del Perú al 2030.


La Política Nacional de Igualdad de Género es creada con el objetivo de actuar como una política nacional multisectorial, cuya conducción está a cargo del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP), entidad que se encarga de realizar los procedimientos de seguimientos y evaluación de la Política Nacional de Igualdad de Género, dentro de las competencias que se le fueron otorgadas.
En términos simples esta política permite al estado abordar las causas de la discriminación contra las mujeres, además de sus efectos tanto a corto y largo plazo. En este caso, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables trabaja enfocándose en este objetivo de igualdad junto a los distintos sectores del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y locales, además claro de organizaciones, gremios, sindicatos, ONGs, empresas y otras entidades de la sociedad civil , por lo que nos compromete a todos y todas.
NORMATIVIDAD DE LA PNIG
Normatividad Internacional
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Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW);
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Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica);
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Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belem Do Pará)
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Convenio n.° 100 y 111 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT)
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Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas
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Informe de la Conferencia de Beijing +20 (2015)
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Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible
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Estrategia de Montevideo para la Implementación de la Agenda Regional de Género en el marco del Desarrollo Sostenible hacia 2030
Normatividad Nacional
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Constitución Política del Perú (art. 2, inciso 2; art. 26 y 191)
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Ley n.° 28983, Ley de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres
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Ley n.° 30364, Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar
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Ley n.° 30709, Ley que prohíbe la discriminación remunerativa entre varones y mujeres
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Ley n.° 26772, Ley que dispone que las ofertas de empleo y acceso a medios de formación educativa no podrán contener requisitos que constituyan discriminación, anulación o alteración de igualdad de oportunidades o de trato
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Decreto Legislativo n.° 635 que aprueba el Código Penal (artículo 323, delito de discriminación), modificado por el Decreto Legislativo n.° 1323
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Decreto Supremo n.° 004-2009-TR, que precisa las conductas que se consideran actos discriminatorios contra las trabajadoras del hogar
La Discriminacion estructural contra las mujeres
Asignacion desigual de roles
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Desigual organización social del cuidado, que sigue siendo responsabilidad femenina y sin remuneración (29,5 % de mujeres de 14 años a más no tiene ingresos propios frente al 11,9 % de hombres).
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Distribución desigual del uso del tiempo (las mujeres trabajan semanalmente 9 horas con 15 minutos más que los hombres) que se ha convertido en la principal causa para que la jornada laboral remunerada de las mujeres sea menor a la de los hombres (ellas en promedio ganan 29,3 % menos que sus pares masculinos). En el caso de las niñas, limita su desempeño escolar y su tiempo de juegos.


Normas y cultura institucional que refuerzan la situación de inferioridad o subordinación de las mujeres
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La transversalización del enfoque de género en la gestión pública todavía es débil y es poca la presencia de mujeres en los puestos directivos en el Estado en todos sus niveles (el 36,84 % de integrantes del Gabinete son mujeres, frente al 63,16 % de hombres).
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Invisibilización de la discriminación estructural contra las mujeres en procesos de generación de conocimiento e información estadística, que no permiten medir avances y analizar obstáculos.
Patrones socioculturales discriminatorios (roles, espacios, atributos) que privilegian lo masculino sobre lo femenino
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Reproducción de estereotipos a través de la familia y de la formación educativa. Se fomenta en las mujeres carreras que son prolongación de lo doméstico (por ejemplo, en el sector público, el 55 % de mujeres ocupa cargos como enfermeras o profesoras de educación inicial y primaria.
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Tolerancia de la sociedad a la violencia y la desigualdad, tal como lo expresa la Encuesta Nacional de Relaciones Sociales. En ella, el 44,3 % de la población de 18 años a más mencionó estar de acuerdo que si las mujeres descuidan a sus hijas/os merecen una forma de castigo. El 20,4 % manifestó que “aunque haya maltrato, una mujer siempre debe estar con su esposo o pareja”. Además de otras respuestas que expresan que existe una naturalización de la violencia de género contra las mujeres.

Los 6 objetivos de la Política Nacional de Igualdad de Género
La Política Nacional de Igualdad de Género, propone como estrategia la prestación de servicios por parte del estado, a partir de los cuales se permita contribuir en la reducción de las brechas sociales basadas en Género, todo ello orientado al cumplimiento de los 6 objetivos prioritarios, los cuales son :






Relación entre la política nacional de igualdad de género y el plan nacional contra la violencia de género
La Política Nacional de Igualdad de Género y la Política Nacional contra la Violencia de Género se encuentran alineadas dentro del Decreto Supremo N 008-2016-MIMP, ampliando su nivel de aplicación y las entidades del estado involucradas, por lo que una de las problemáticas de la Política Nacional Contra la Violencia de Género se encuentran dentro de la Política Nacional de Igualdad, tal como se demuestra en el siguiente gráfico:



